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Información

La implantación de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación en toda la sociedad, y particularmente en las Administraciones Públicas, ha dotado al Tribunal de Cuentas de distintas herramientas que facilitan el cumplimiento de su función fiscalizadora. En este sentido, cabe destacar la creación de las Plataformas de Rendición de Cuentas de las Entidades locales o la de Remisión de la información contractual de las Entidades del Sector Público Estatal y Autonómico, que han facilitado enormemente dichos procedimientos.

En el curso de una actuación fiscalizadora son múltiples los momentos en los que el Tribunal de Cuentas requiere de la entidad fiscalizada el envío de diversa información necesaria para llevar a cabo su cometido. Es idea del Tribunal que el canal de comunicación de esta documentación sea esta sede electrónica, siempre que la misma presente aspectos susceptibles de incorporarse a este sistema electrónico de relación.

La inclusión en este sistema permitirá mejorar la calidad del control externo e incluso del interno, así como el nivel de cumplimiento de las obligaciones legales de remisión de información, al realizarse de forma más sencilla y menos costosa, tanto desde una perspectiva económica como funcional.

Para cumplimentar los trámites y procedimientos que deben presentarse a través de esta sede deberá pulsar ”ACCEDER” y autenticarse debidamente, bien con el usuario y contraseña que le haya sido proporcionado previamente en el curso de la fiscalización, o bien con un certificado electrónico reconocido.

Se podrá acceder a los trámites que se definan las 24 horas del día, mientras dure el plazo dado para su cumplimentación y envío, exceptuando las interrupciones que sean necesarias por razones técnicas. En aquellas situaciones extraordinarias que tengan su origen en una interrupción del servicio, se aplicará lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas., pudiendo el interesado comunicar esta circunstancia al órgano instructor del procedimiento en cuestión quien, a la vista de los informes recabados y las pruebas aportadas, adoptará motivadamente las medidas oportunas.

Una vez realizado el trámite, el usuario recibirá un "acuse de recibo" por pantalla con la respuesta del registro electrónico, que garantiza que la comunicación se ha producido correctamente y se puede imprimir como justificante. Si no recibe el mensaje de confirmación o, en su caso, recibe un mensaje de error o deficiencia de la transmisión deberá realizarse la presentación en otro momento.

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Requisitos Técnicos

En el diseño y desarrollo de la Sede Electrónica, el Tribunal de Cuentas ha tenido en cuenta la heterogeneidad de dispositivos, resoluciones de pantalla y navegadores con los que pueden acceder los usuarios, logrando que la mayor parte de funciones sean accesibles desde cualquier dispositivo.

No obstante, para lograr una navegación fluida y con todas las funciones sin restricciones se recomienda atender a un conjunto de requisitos técnicos recomendados:


1. Acceso a la aplicación

  1. Sistemas operativos
    - Linux (probado con Ubuntu 9.04 - http://www.ubuntu.com/
    - Microsoft Windows XP, Vista y 7
     
  2. Navegadores soportados
    - Navegador INTERNET EXPLORER 8.0 o superior 
    - Navegador MOZILLA FIREFOX 3.6 o superior
    - Navegador GOOGLE CHROME 5.0 o superior
     
  3. Visualizador de documentos PDF
    - Visualizador de archivos ADOBE ACROBAT READER 4.0 o superior
     
  4. Requisitos para adjuntar documentos
    Si necesita adjuntar documentos, deberá hacerlo ajustándose a los formatos adecuados que se especifican en cada trámite. Tenga en cuenta que muchos dispositivos móviles no permiten adjuntarlos, por lo que, si el trámite se lo requiere, necesitará un PC de escritorio para poder realizarlo.


2. Certificados y seguridad

  1. Certificado https del Tribunal de Cuentas
    La página es accesible mediante protocolo seguro HTTPS. El certificado usado por el Tribunal de Cuentas para esta página está firmado por la Autoridad de Certificación (CA) de la FNMT. Para poder acceder a la página sin problemas, es preciso confiar en esta CA.

    Nota: Para que Mozilla Firefox confíe en esta Autoridad de Certificación es necesario seguir este procedimiento de la FNMT https://www.sede.fnmt.gob.es/preguntas-frecuentes/obtencion-de-certificados/-/asset_publisher/nN14PjDrlrQn/content/1351-¿que-pasos-debo-seguir-para-instalar-importar-los-certificados-raices-de-fnmt-en-el-navegador-mozilla-firefox- 
  2. Requisitos de autenticación
    1. Requisitos generales
      Los medios de autenticación de los ciudadanos para poder interactuar con la administración en las ocasiones en las que se requiere identificación segura son los que se recogen el artículo 13.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos:
      • Sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas.
      • Sistemas de firma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitidos por las Administraciones Públicas.
      • Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos, en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.

    2. Requisitos para registrar formularios de fiscalización
      Para poder registrar los formularios de fiscalización es necesario cumplir con dos requisitos:
      1. Contar con un usuario y una contraseña
      2. Contar con sistema de firma electrónica (certificado o DNI electrónico)

Para obtener información sobre qué es la firma electrónica, cómo puede obtenerse, quién puede proporcionarla, cómo y cuándo debe utilizarla le recomendamos que acceda a las siguientes páginas:

        1. Portal del DNI electrónico.
          http://www.dnielectronico.es/
        2. Portal de Certificación Española (CERES), de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).
          http://www.cert.fnmt.es/web/ceres/home
        3. Portal de información sobre el DNI electrónico del Instituto Nacional de Tecnologías de la Comunicación (INTECO).
          http://www.inteco.es/CERT/guias_estudios/guias//guia_DNIe
        4. Portal de validación de formas y certificados (VALIDE).
          https://valide.redsara.es/
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Normativa

  • RESOLUCIÓN de 22 de mayo de 2014, de la Comisión de Gobierno del Tribunal de Cuentas, por la que se amplía el ámbito de funcionamiento del registro telemático del Tribunal de Cuentas a la recepción de las cuentas anuales de los fondos carentes de personalidad jurídica a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria, y a la recepción de los documentos, escritos, bases de datos y comunicaciones relativas a los procedimientos fiscalizadores que se tramiten a través de su sede electrónica. (B.O.E. núm. 130, de 29 de mayo de 2014)